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Área de práctica

Solicitud de informes a los Registros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires

Buena parte de la información necesaria a la preparación de un caso es la que surge de las bases de datos de Registros Públicos.

Qué comprende esta área

Solicitamos informes registrales en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal y Provincia de Buenos Aires.

  1. 1 De dominio y gravámenes, que publicita la situación jurídico-registral de un inmueble determinado hasta el día anterior a la fecha de presentación del informe. Proporciona la titularidad de dominio inscripta y, en su caso, la existencia de hipotecas, usufructos, embargos, afectaciones al régimen de protección de la vivienda, servidumbres, etc.
  2. 2 De anotaciones personales. Inhibiciones y cesiones: Mediante el mismo, es posible consultar el Registro de Anotaciones Personales por Inhibiciones y Cesiones de Acciones y Derechos Hereditarios.
  3. 3 De titularidad de dominio: Por su intermedio se pueden conocer los inmuebles registrados a nombre de una persona humana o jurídica, según el índice de Titulares de Dominio.
  4. 4 De inscripción dominial; por el cual se toma conocimiento del dato de inscripción dominial (matrícula), necesario para solicitar el informe N°1.
  5. 5 De titularidad de un inmueble en Ph; y a partir del mismo saber la titularidad registral en relación a todo un edificio sometido a Propiedad Horizontal.
  6. 6 De Frecuencia; que permite conocer la cantidad de informes de dominio solicitados en los 90 días previos a la fecha de su presentación respecto de un inmueble determinado.
  7. 7 De matrícula, dominio y gravámenes: Que posibilita obtener el resultado de los informes 4 y 1 en forma conjunta -con la ventaja de una sola presentación.

Lo que conviene saber

La publicidad registral no es una consulta libre

El acceso a los registros está reglado: la publicidad se brinda a quien acredita un interés legítimo, y los abogados, los escribanos y demás legitimados la solicitan en esa condición (Ley 17.801, para el registro inmobiliario). Cada informe exige identificar el bien o la persona y expresar la finalidad del pedido, y refleja el estado registral a la fecha en que se expide.

Paso a paso

Las etapas del proceso

Estas son las etapas efectivas del trámite. Los tiempos dependen del juzgado y de la contraparte; el orden, en cambio, es siempre el mismo, y el cliente es informado de la etapa en curso.

  1. Determinación del informe necesario

    Cada registro informa según lo que consta en su base de datos y le fuera solicitado. Se define qué dato hace falta para el reclamo y en qué jurisdicción se pide, para no gastar tiempo ni aranceles en constancias que no sirven al caso.

    Se requiere: Los datos identificatorios del bien o de la persona: matrícula, partida, nomenclatura catastral, dominio o número de documento.

  2. Solicitud y diligenciamiento

    El pedido se presenta en la condición que habilita el acceso a la publicidad registral. El trámite se abona e inicia y, acaecido el plazo respectivo, se obtiene el informe.

  3. Informes por oficio judicial

    Cuando los informes se ordenan en el marco de un proceso judicial, la diligencia se practica mediante oficio librado en el expediente, con la firma del juzgado.

Documentación

¿Qué conviene tener a disposición?

Toda documentación de la que se esté munido o munida. Hay información que puede ofrecerse y producirse en el proceso.

Preguntas frecuentes sobre la solicitud de informes a Registros

Solicitar una consulta
¿El informe de dominio muestra las deudas del inmueble?

Muestra lo que está inscripto sobre el inmueble: la titularidad, las hipotecas, los embargos y los demás gravámenes anotados. Las deudas por impuestos, tasas y expensas no surgen de allí: se piden a la autoridad tributaria y al consorcio.

¿Puede averiguarse si una persona tiene bienes a su nombre?

Los registros se consultan por bien o por persona según su organización: las anotaciones personales informan inhibiciones, y los registros de inmuebles y de automotores admiten búsquedas por titular con los recaudos y las limitaciones de cada jurisdicción. No existe un registro único que reúna el patrimonio de una persona.

¿Para qué sirve consultar el Registro de Juicios Universales?

Permite verificar si respecto de una persona ya se inició una sucesión o un concurso, y ante qué juzgado tramita. Es una consulta previa habitual antes de promover un sucesorio, para no duplicar el proceso.

¿El informe sirve para escriturar?

No. Para los actos de disposición la ley prevé certificados con reserva de prioridad y plazo de vigencia, que se solicitan en el marco de la escrituración. Ese trámite corresponde al ámbito notarial.

Solicitud de consulta

Consultas y entrevistas

El contacto llega directamente a la profesional. A partir de allí, y previo pago, se coordina la reunión respectiva.

  • Consultas virtuales o presenciales · Jurisdicciones: Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Nación, Provincia de Buenos Aires y cuestiones de competencia Federal
  • Atención de lunes a viernes de 9 a 18 hs
  • [email protected]

Solicitar una entrevista

Una referencia breve del asunto de solicitud de informes a registros permite encuadrar la consulta desde el primer contacto.

  • La consulta está amparada por el secreto profesional
  • Atención personalizada, sin intermediarios